Artículo 22.- La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.
Artículo 95.- La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. El ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades.
- Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes.
- Son deberes de la persona y del ciudadano:
- Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
- Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
- Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituídas para matener la independencia y la integridad nacionales;
- Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;
- Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;
- Propender al logro y mantenimiento de la paz;
- Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;
- Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;
- Contribuír al financiamineto de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.
Cómo Entutelar:
ARTÍCULO 86.
Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que estos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.
La protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacerlo. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, este lo remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Esta acción solo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable.
En ningún caso podrán transcurrir más de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución.
La ley establecerá los casos en los que la acción de tutela procede contra particulares encargados de la prestación de un servicio público o cuya conducta afecte grave y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de subordinación o indefensión.
Niños ala política o a la cárcel:
Los niños y los jóvenes exigen sus derechos, pero cumplen los deberes, pues eso es lo que el congreso quiere con dos proyectos de ley desean que ellos elijan y puedan ser elegidos como ediles, concejales y diputados. Pero al mismo tiempo el otro proyecto de penas que cursa en el congreso espera que se aumenten las penas para los menores entre los 14 y 18 años de edad Y de no aprobarse este proyecto los jóvenes podrán ser elegidos pero no juzgados
Cambiar al mundo sin tomar el poder Hacia otra forma de hacer política por Frank Bracho* Para los tiempos en que vivimos, la consigna “Cambiar al mundo sin tomar el Poder” suena a herejía. Vivimos en un mundo en el cual toda lucha parece en definitiva siempre definirse en torno a una lucha por el Poder. |
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